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Jubilación por enfermedad catastrófica

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¿Qué es la jubilación por enfermedad catastrófica?

Los adultos mayores y personas que tienen una patología que les impida continuar con sus funciones sea por una enfermedad degenerativa o huérfana pueden acogerse al proceso de jubilación por enfermedad Catastrófica.

Los docentes amparados bajo la LOEI que requieran acogerse a la jubilación por enfermedad catastrófica deben cumplir los siguientes pasos y requisitos:

Requisitos

Si cumple con los requisitos establecidos por las leyes de seguridad social, deberá  presentar un certificado médico emitido por el IESS, el mismo que deberá indicar que: “el/la paciente presenta enfermedad catastrófica huérfana o rara y/o invalidante  y que se recomienda su jubilación”.

  1. Si cumple con los requisitos establecidos por las leyes de seguridad social, deberá  presentar un certificado médico emitido por el IESS, el mismo que deberá indicar que: “el/la paciente presenta enfermedad catastrófica huérfana o rara y/o invalidante  y que se recomienda su jubilación”.

 

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  1. Si no cumple con los requisitos establecidos por la ley de seguridad social y adolece de una enfermedad catastrófica, huérfana  o rara.
    1. Deberá presentar el Dictamen de la Comisión Valuadora del IESS emitida por la Subdirección Provincial de Prestaciones de Pensiones y Riesgos del Trabajo.
  2. Carta de solicitud dirigida al Director Distrital de su jurisdicción solicitando acogerse a la jubilación por enfermedad catastrófica; para lo cual se anexo un ejemplo de solicitud en el anexo 1.
  3. Copia del nombramiento como docente.
  4. Resumen del mecanizado del IESS actualizado.

En caso de que el titular falleciera durante el proceso de jubilación, y su solicitud haya pre calificado por la Dirección Nacional de Carrera Profesional Educativa, el apoderado del fallecido deberá presentar los siguientes requisitos:

  1. Solicitud del otorgamiento de la compensación económica que le corresponde al fallecido recibir por jubilación por enfermedad catastrófica, dirigida al Director Distrital de su jurisdicción; emitida por la persona que tenga la posesión efectiva y el poder especial emitido por notario público.
  2. Original de la partida de defunción del titular.
  3. Posesión efectiva debidamente notariada.
  4. Poder especial debidamente legalizado y notariado a nombre de uno de los herederos.
  5. Cese de funciones por fallecimiento emitido por la Dirección Distrital de su jurisdicción.
  6. Resumen del mecanizado del IESS actualizado.

Proceso de inscripción:

En ambos casos deberán presentar todo el expediente completo a través del distrito educativo de su jurisdicción sin necesidad de trasladarse a la ciudad de Quito.

Documentación: