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Régimen Código del Trabajo

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Régimen Laboral Código del Trabajo

Jubilación voluntaria

Los trabajadores que expresen su voluntad de acogerse al retiro por jubilación de conformidad con lo establecido en los artículos 185 de jubilación ordinaria de vejez y artículo 188 de jubilación por edad avanzada de la Ley de Seguridad Social del IESS, deberán cumplir con las condiciones establecidas en dicha ley de acuerdo a la siguiente tabla:

  • Entregar la solicitud dirigida a la autoridad nominadora institucional o su delegado en la cual manifiesta su voluntad de acogerse al retiro por jubilación.
  • En el caso de que un trabajador cumpla con las condiciones establecidas por la Ley de Seguridad Social y padezca de una enfermedad considerada como enfermedad catastrófica deberá presentar el Certificado único para determinar la limitación funcional permanente (incapacidad) de las personas con enfermedades incapacitantes incluyendo enfermedades catastróficas, raras y huérfanas u otras otorgado por el IESS, de acuerdo al procedimiento de validación emitido por dicha entidad mediante Oficio Nro. IESS-DG-2017-0047-OF, fechado el 24 de enero de 2017.

Jubilación por invalidez

  • Entregar la solicitud dirigida a la autoridad nominadora institucional o su delegado en la cual manifiesta su voluntad de acogerse al retiro de jubilación por invalidez.
  • Tener mínimo sesenta imposiciones en el IESS.
  • Entregar la boleta de notificación aceptando la invalides emitida por el Comité Nacional Valuador.

Jubilación especial por vejez (discapacidad)

Los trabajadores que expresen su voluntad de acogerse al retiro de jubilación especial por vejez (discapacidad) en concordancia a lo establecido en el artículo 85 de la Ley Orgánica de Discapacidad, deberán cumplir con los siguientes requisitos establecidos en dicha ley como son:

  • Discapacidad física mayor o igual al 40%: acreditar al menos trescientas imposiciones, sin límite de edad.
  • Discapacidad intelectual con un porcentaje mayor o igual al 20%: acreditar al menos doscientos cuarenta imposiciones, sin límite de edad.