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Requisitos de ascenso y recategorización son distintos

Con el fin de que el maestro ecuatoriano siga surgiendo e incrementando su interés en la profesión de las profesiones, el Ministerio de Educación (MinEduc) suscribe el acuerdo 0061-14, el cual establece la normativa que regula los parámetros para el ascenso de escalafón, la recategorización y los incentivos en la carrera docente pública.

Por un lado, la recategorización se aplica cuando el docente quiere ascender de forma acelerada por una sola vez durante su carrera docente.

Para este proceso, se tomará en cuenta que cada docente cumpla  con los requisitos establecidos en el Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI) para cada categoría, los cuales hacen referencia a:

1. Tiempo de servicio

2. Títulos académicos.- Títulos profesionales emitidos por IES nacionales o extranjeras reconocidos Senescyt.

3. Evaluación del desempeño, realizada por el Instituto Nacional de Evaluación Educativa (Ineval)

En la recategorización no se tomará en cuenta las horas de capacitación, únicamente que el docente cumpla con los cursos establecidos en el Escalafón. Para ello, el MinEduc ofrecerá estas capacitaciones en el segundo semestre del presente año, con el fin de facilitar la solicitud de recategorización de los docentes con nombramiento que forman parte del Magisterio Nacional.

Por otra parte, el ascenso se lleva a cabo cuando un docente desea ubicarse en la categoría inmediata superior, para lo cual debe cumplir con los siguientes requisitos:

1.- Tiempo de servicio: Se considerará el cargo de Docente o Directivo dentro del sector público, fiscomisional o particular.

2.- Desarrollo profesional: Durante los últimos cuatro años el docente debe acreditar 1 de las 3 opciones siguientes:

•      330 horas de cursos de formación continua o posgrado certificados por Instituciones de Educación Superior (IES) en Psicopedagogía, Ciencias de la Educación o áreas disciplinares afines al área de desempeño.

•      Publicaciones en revistas indexadas

•      Desarrollo de proyectos de innovación pedagógica

3.- Títulos académicos: Títulos profesionales emitidos por IES nacionales o extranjeras reconocidos Senescyt. A partir de la categoría D, el Reglamento a la LOEI exige que los títulos de posgrado sean relacionados a educación.

4.- Evaluación del desempeño: Evaluaciones oficiales realizadas por el Instituto Nacional de Evaluación Educativa (Ineval).

De esta manera, el docente ecuatoriano ahora tiene más facilidades para ascender de categoría en el Magisterio Nacional. Para el proceso de recategorización, el Estado invertirá un total de 105 millones de dólares.


 

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