Educación establece normas para la contratación del transporte escolar
Quito, 14 de agosto de 2018
El Ministerio de Educación, con la consigna de garantizar la seguridad de los estudiantes, publicó este lunes, 13 de agosto de 2018, el Acuerdo Ministerial MINEDUC-MINEDUC-2018-00077-A, que dispone nuevos lineamientos para la contratación del servicio de transporte escolar en las instituciones educativas fiscales, municipales, fiscomisionales y particulares del país.
En materia de seguridad, el documento establece que el servicio se debe contratar con con operadores de transporte escolar que estén legalmente autorizadas por el organismo de tránsito competente. Asimismo, estas empresas deberán contar con todos los protocolos de seguridad ante cualquier eventualidad, como accidentes de tránsito, terremoto, inundaciones, erupciones volcánicas, manifestaciones callejeras, o cualquier situación donde los estudiantes corran peligro.
Mientras que las unidades, por obligación, deberán contar con cinturones de seguridad y mantener con las condiciones óptimas de higiene para brindar el servicio; y el vehículo debe transportar a los estudiantes de acuerdo al número de asientos disponibles.
El Ministerio de Educación con este acuerdo también exhorta a que los conductores de estas unidades conduzcan con prudencia y respeten los límites de velocidad establecidos por las autoridades competentes de transporte, a escala nacional. Además, el chofer tiene que seguir las rutas establecidas de acuerdo al servicio ofrecido, que podrá ser puerta a puerta, o en paradas específicas, acorde a la necesidad de los estudiantes y la coordinación de las rutas implementadas.
La normativa también contempla la modalidad de contratación del servicio. En las instituciones educativas fiscales, con recursos estatales, el contrato se realizará a través del Servicio Nacional de Contratación Pública conforme a lo prescrito en la Ley, y el proceso estará a cargo de cada Dirección Distrital.
En cambio, si el servicio se va a pactar para los establecimientos fiscales, municipales, fiscomisionales y particulares con los recursos de los padres de familia, el proceso será de elección facultativa de cada uno de ellos. En este caso, el directivo de cada institución educativa y el representante del comité central de padres de familia elaborarán las bases del concurso para la adjudicación del servicio.
Para el año lectivo 2018-2019 régimen Sierra-Amazonía, por ejemplo, la contratación del servicio de transporte escolar en las instituciones de todo el sistema educativo, con recursos de los padres de familia, por esta única ocasión se realizará sin observar los tiempos y plazos establecidos para el efecto en el presente Acuerdo.
Otros alcances de la nueva normativa es la prohibición a las instituciones educativas de efectuar cobros relativos al servicio de transporte escolar, que no hayan sido determinados en el contrato suscrito entre el directivo del plantel y la operadora de transporte.
Para mayor información sobre los lineamientos generales del servicio de transporte escolar, el Ministerio de Educación publicó el acuerdo en el siguiente link: https://bit.ly/2MexqvL