Disculpas Públicas a la señora Ximena Alexandra Apolo Reinoso
Quito, 19 de octubre de 2021
En cumplimiento a la SENTENCIA dictada el 25 de marzo de 2021, emitida por la SALA ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE AZUAY.
IX.- DECISIÓN. – En mérito de lo analizado y debidamente motivado, el Tribunal de la causa ADMINISTRANDO JUSTICIA CONSTITUCIONAL EN NOMBRE DEL PUEBLO SOBERANO DEL ECUADOR POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCION Y LEYES DE LA REPUBLICA, DECLARA LA PROCEDENCIA DE LA ACCION DE PROTECCION PRESENTADA, por la vulneración de los siguientes derechos constitucionales:
a). – Art. 82 de la Seguridad Jurídica. 1
b). – Arts. 33, 66.17, 326, 327. Derecho al trabajo.
c). – Art. 11 numeral 2 Derecho a un trato igualitario, en relación con el Art. 66 numeral 4.
e). – Art. 76. Numeral 7 letra L
X.- REPARACIÓN INTEGRAL:
- Esta sentencia constituye ya una forma de reparación integral. (…)
10. Se dispone como reparación inmaterial que la entidad accionada emita una carta de disculpas por el acto que vulnero sus derechos humanos, la que será entregada a la señora APOLO REINOSO XIMENA ALEXANDRA en forma inmediata de recibida la presente sentencia.
A fin de resarcir en parte la afectación aludida, esta cartera de Estado Procede a ofrecer como medida de reparación integral las respectivas Disculpas Públicas a la señora XIMENA ALEXANDRA APOLO REINOSO.