Renovación de contratos de maestros se realizará previa validación y autorización de Subsecretarios o Coordinadores Zonales
El Ministerio de Educación médiate oficio Circular Nº 67, de 15 de agosto del presente año, da a conocer que las personas que se encuentren contratadas hasta diciembre del presente año y están laborando en las instituciones educativas del país, mantendrán su contrato para el año 2013, siempre y cuando cuenten con la validación, calificación de ser necesarias en los establecimientos respectivos y la correspondiente autorización emitidas por los Subsecretarios o Coordinadores Zonales hasta cuando se declare ganadores de concursos.
Así también a través del Oficio Circular Nº 62, de 8 de agosto de 2012, se informó de los puestos para la contratación de docentes para esta cartera de Estado. Y el aumento de 130 dólares a la remuneración mensual unificada para los profesores contratados que trabajan en el sistema educativo fiscal.
Clase de puesto | RMU Propuesta 2011 | RMU Propuesta 2012 |
Docentes contrato 2 Requisitos Título de tercer nivel |
400 | 530 |
Docentes contrato 1 Requisitos Bachiller, Bachiller Técnico. |
300 | 430 |
La contratación de profesores se da como resultado de varios procesos de jubilación de docentes y el incremento de la población estudiantil, que demanda los servicios de los maestros para que cubran las necesidades que existen.
Según el artículo 2 de la resolución del Ministerio de Relaciones Laborales 205 señala: “Las disposiciones contempladas en esta Resolución tiene carácter temporal, mientras se convoque al respectivo concurso de méritos y oposición para ocupar la vacante del puesto con nombramiento permanente de docente. En caso de que sean declarados ganadoras y ganadores de los mismos, previo estudio se le ubicará en las correspondientes categorías establecidas en la Disposición Transitoria Quinta de la Ley Orgánica de Educación Intercultural”. Por esta disposición, los contratos de los docentes deberán ser tratados como una condición excepcional de contratación.
De este oficio circular tienen conocimiento los Subsecretarios de los Distritos de Quito y Guayaquil; Coordinadores Zonales, Directores Distritales, Directores de Educación Bilingüe, Directores y Rectores de instituciones educativas, jefes de Talento Humano y Colectores, para que den cumplimiento con lo establecido.