Ministerio de Educación reanuda proceso para cumplir con Disposición Transitoria Trigésima Tercera de Ley de Educación Intercultural
Quito, 29 de junio de 2023
La ejecución de la Disposición Transitoria Trigésima Tercera de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, por parte de esta cartera de Estado, se encontraba suspendida debido a una resolución emitida por la jueza ponente, Dra. Sandra Ximena Alvarado Jarrín, de la Unidad Especializada de Tránsito en el cantón Cuenca. Esta resolución fue dictada en el marco de la acción de Habeas Data con medidas cautelares Nro. 01U03-2023-33181.
El Ministerio de Educación informa a los docentes que, debido al archivo de la causa por desistimiento expreso del habeas data y medida cautelar planteada el 23 de junio de 2023, se reanudará la fase de registro de información, la aceptación de categoría y la solicitud de revisión de requisitos dentro del proceso de escalafonamiento a partir del 30 de junio de 2023 a las 15:00.
Adicionalmente, informamos a la comunidad educativa que, en función del criterio emitido por el Consejo de Educación Superior, el Ministerio de Educación podrá aceptar, de manera excepcional, los certificados emitidos por las instituciones de educación superior respecto al campo de conocimiento (amplio, específico o detallado) de los títulos nacionales obtenidos antes del 16 de julio de 2014.
Esta cartera de Estado ha generado un proceso específico para aquellos docentes que hubieren obtenido sus titulaciones hasta el 15 de julio de 2014 y que actualmente se encuentren registradas en la SENESCYT en un área de conocimiento distinta a lo determinado en el artículo 113 la Ley Orgánica de Educación Intercultural y cuya denominación se relacione con el área de Educación; para lo cual, del 1 al 9 de julio de 2023 se habilitará un módulo denominado “Carga de Certificación” en la página web institucional en la que se podrán ingresar esta información.
Este proceso está dirigido únicamente para los docentes pertenecientes a la carrera educativa pública con nombramiento definitivo con más de 25 años de tiempo de servicio, y que hayan obtenido sus titulaciones nacionales de tercer o cuarto nivel hasta el 15 de julio de 2014.
Los docentes deberán solicitar a la universidad en la que obtuvieron su título, una certificación en la cual indique que el mismo corresponde al campo de educación en función de la clasificación internacional normalizada de la educación CINE 2011.
Una vez que el Ministerio de Educación valide los certificados y determine que el título corresponde al campo de la educación, se habilitará la participación del docente y, en caso de corresponder, se beneficiará según lo establecido en la Disposición Transitoria Trigésima Tercera de la Ley Orgánica de Educación Intercultural.
El Ministerio de Educación ratifica el compromiso de trabajar de manera articulada con el Consejo de Educación Superior y la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación en beneficio de todos los docentes del país.