MinEduc expide regulaciones para el uso de teléfonos celulares en instituciones educativas
El 17 de abril de 2014, mediante Acuerdo Ministerial 70-14, se expidió las regulaciones para el uso de teléfonos celulares en las instituciones educativas, con el objetivo de fomentar el consumo crítico de las nuevas tecnologías de comunicación e información dentro de las aulas escolares.
El acuerdo dispone que en el plano pedagógico, el docente es el responsable de autorizar el uso del teléfono celular, dentro de actividades diseñadas para el efecto y que permitan que su uso cumpla un objetivo pedagógico. Dicho uso será exclusivamente para estudiantes de 8.°, 9.° y 10.° grados de Educación General Básica (EGB) y 1.°, 2.°, y 3.° cursos de Bachillerato.
Asimismo, el documento dispone la organización, en los próximos meses, de procesos de capacitación para los docentes en el uso adecuado de tecnologías de la información y comunicación en educación, y su incorporación al proceso de enseñanza.
El acuerdo cita algunos ejemplos de actividades en las cuales se puede utilizar el celular dentro del proceso educativo, entre ellas:
- Entrevistas, reportajes, entre otros géneros periodísticos para replicar en clase
- Programación de tareas, con plazos y recordatorios de cumplimiento
- Uso de recursos audibles (audiolibros)
- Colecciones multimedia de excursiones y giras
- Creación de redes de conocimiento específico
- Trabajo en red, etc.
El uso no autorizado de dispositivos electrónicos en el aula constituye una falta leve y su reincidencia será sancionada como falta grave, según los artículos 134 y 330 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI).
El uso del celular en actividades de evaluación será sancionado como acto de deshonestidad académica de conformidad al artículo 224 del Reglamento General a la LOEI, mientras que los comportamientos que atenten contra la dignidad de las personas como acoso cibernético, consumo de pornografía, extorsión sexual, etc., se sancionarán de forma independiente.
Finalmente, dentro de las regulaciones del uso de celular, se hace referencia a las restricciones de páginas no adecuadas para procesos educativos dentro de las instalaciones educativas públicas que tengan el servicio de internet inalámbrico.
Para revisar el acuerdo ministerial completo, visite: http://educacion.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2014/05/ACUERDO_070_14.pdf