El COE Nacional aprobó los protocolos de bioseguridad para el manejo de bares escolares
Quito, 30 de septiembre de 2021
El Ministerio de Educación elaboró el Protocolo de bioseguridad para el manejo de bares escolares en las instituciones educativas, dentro del proceso de retorno a las actividades presenciales, el cual cuenta con la aprobación del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional.
Este Protocolo deberá ser aplicado de forma obligatoria en todos los puntos de expendio y bares escolares, ubicados en el interior de los establecimientos educativos de todos los sostenimientos, modalidades y ofertas educativas a escala nacional. El objetivo es cumplir los lineamientos de autocuidado e higiene para el manejo seguro de preparación de alimentos.
Los planteles educativos deberán contar con los permisos de funcionamiento de bares escolares otorgados por la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria, además, el personal que labora y expende alimentos deberá contar con el certificado único de salud emitido por la Red Pública Integral de Salud.
Se exhorta al prestador de servicios de bares escolares la presentación del carné o certificado de vacunación contra la COVID- 19 de sus trabajadores con el esquema completo, con al menos 14 días de vigencia de la última dosis. De igual manera, todo el personal deberá utilizar permanentemente mascarilla, gorros protectores y todos los equipos relacionados a la manipulación de alimentos mientras realiza las actividades en el bar escolar.
El personal que trabaje dentro de los bares deberá lavarse y desinfectar las manos antes y después de manipular alimentos, equipos y utensilios, con productos de limpieza, mismos que deben contar con la notificación sanitaria o registro obligatorio, así como el cumplimiento del distanciamiento físico de dos metros en todo momento.
La persona responsable del manejo del dinero deberá aplicar las medidas de bioseguridad y evitar la manipulación de las bebidas y alimentos. De igual forma, se comprometerá en evitar aglomeraciones dentro de las áreas de trabajo, definir actividades acordes al espacio para prevenir cruces o cercanías innecesarias entre ellos.
Los bares escolares de acuerdo con su categorización deberán cumplir con:
- Asegurar el acceso a agua segura permanente.
- Contar con condiciones físicas e higiénico-sanitarias adecuadas para el desarrollo de actividades.
- Contar con acceso a insumos de limpieza, desinfección, autocuidado e higiene permanentemente.
- Garantizar los dos metros de distancia.
- Contar con ventilación.
- Contar con iluminación necesarias según el tipo de actividades a realizar dentro de las áreas del bar escolar.
- Implementar señalética de acuerdo con los lineamientos emitidos por el Ministerio de Educación, motivando el autocuidado e higiene en personal de servicio y clientes o usuarios.
- Contar con dispositivos de lavado de calzado en las entradas a las zonas de trabajo de los bares escolares y cambiar de forma regular el contenido.
- No se permitirá el ingreso de personas ajenas al espacio en el que se desarrollarán las actividades de gestión y manipulación de alimentos, estableciendo un aforo de ocupación de los sitios determinados cumpliendo los dos metros de distancia.
Con este protocolo el Ministerio de Educación busca informar, promocionar y capacitar a los actores educativos sobre las medidas de prevención, autocuidado e higiene en el posible retorno a las actividades educativas presenciales y a su vez trabajará de manera directa con los prestadores de servicio de bares escolares, en el fortalecimiento de las buenas prácticas de higiene así como el expendio de alimentos saludables.
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