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Coordinador Zonal 3 supervisa cumplimiento de protocolos en planteles avalados por el COE Nacional

Ambato, 08 de enero del 2021

El Coordinador Zonal 3 de Educación, Leonardo Mosquera, junto a los directores distrital de Baños y Cumandá-Pallatanga, visitaron los planteles avalados por el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional para el retorno progresivo a clases presenciales, a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos de bioseguridad e infraestructura.

“Todos los Planes Institucionales de Continuidad Educativa (PICE) pasan por un proceso de revisión y observación, para posterior ser aprobados. Cada institución debe cumplir con los protocolos de autocuidado y adecuación de espacios educativos, además de la organización escolar, número de estudiantes por aula, currículo, días de asistencia, señalización, etc.”, indicó Mosquera.

En Tungurahua son cinco Escuelas de Educación Básica, pertenecientes al Distrito Baños;  Gran Ducado de Luxemburgo, José Ignacio Vela, Leonidas García, Manuel Andrade y Nicolás Vásconez, mientras que en Chimborazo son cuatro; Capitán Geovanny Calles Lascano, Galo Atiaga Bustillos, Ángel Felicisimo Rojas y 9 de Octubre del Distrito Cumandá-Pallatanga.

Para Olga Silva, docente de la Escuela de Educación Básica Manuel Andrade del cantón Baños, es primordial que los estudiantes vuelvan a tener contacto con los docentes. “Por más que el maestro trate de hacer lo mejor para impartir conocimientos a través de los medios digitales, no es lo mismo que estar de manera presencial, poder conversar, resolver inquietudes de forma directa. Los padres de familia querían que sus hijos e hijas retornen al plantel y se realizó la solicitud al Distrito mediante un oficio”, aseguró.

El Ministerio de Educación expidió los lineamientos para la aplicación adecuada del plan de continuidad educativa, permanencia escolar y uso progresivo de las instalaciones educativas, con el objetivo de garantizar la permanencia de los estudiantes en el sistema educativo, aplicando estrategias y herramientas que ponderen en igualdad de condiciones el derecho a la salud y a la educación de las personas que conforman la comunidad educativa.